LA LIBERTAD: π…πˆπ’π‚π€π‹πˆπ€ πŽππ“πˆπ„ππ„ π‚πŽππƒπ„ππ€ 𝐃𝐄 πŸπŸ“ π€πΜƒπŽπ’ 𝐃𝐄 𝐂𝐀́𝐑𝐂𝐄𝐋 ππŽπ‘ 𝐄𝐋 πƒπ„π‹πˆπ“πŽ 𝐃𝐄 π‹π€π•π€πƒπŽ 𝐃𝐄 π€π‚π“πˆπ•πŽπ’

El equipo especial de Lavado de Activos del Distrito Fiscal de la Libertad, a cargo de la Fiscal Provincial Sara Carola GarcΓ­a Arrascue, logrΓ³ una sentencia condenatoria contra los procesados Marco Antonio Benavides Bargallo y Bruno Bracamonte Moreno, a quienes se impuso 25 aΓ±os de pena privativa de la libertad y 350 dΓ­as multa, como autores del delito de Lavado de Activos, en su figura agravada por lavar bienes, dinero, efectos y ganancias provenientes del TrΓ‘fico IlΓ­cito de Drogas, en la modalidad de actos de conversiΓ³n y transferencia, asΓ­ como ocultamiento y tenencia de activos de origen ilΓ­cito, respectivamente; en agravio del Estado.

El Ministerio PΓΊblico, logrΓ³ acreditar en juicio que Marco Antonio Benavides Bargallo, se encuentra vinculado a actividades ilΓ­citas relacionadas al delito de TrΓ‘fico IlΓ­cito de Drogas, que le han servido como fuente de obtenciΓ³n de activos maculados que luego ha ingresado al sistema financiero, logrando incrementar su patrimonio injustificadamente. Asimismo, Bruno Bracamonte Moreno, adquiriΓ³ bienes muebles e inmuebles, pese a no tener un respaldo econΓ³mico para ello. De igual manera, como Gerente General de la persona jurΓ­dica ALFA CONSTRUCTORES SAC., efectuΓ³ importantes aumentos de capital e instrumentalizΓ³ dicha empresa para la adquisiciΓ³n de patrimonio, al que pretendΓ­a otorgar una apariencia de legitimidad, pese a tener conocimiento del origen ilΓ­cito de tales activos; todo ello con la finalidad de evitar su identificaciΓ³n, incautaciΓ³n o decomiso.

Es por ello que la condena alcanza a la persona jurΓ­dica ALFA CONSTRUCTORES SAC, declarada responsable penalmente, disponiΓ©ndose la clausura definitiva de la empresa y se dictΓ³ la incautaciΓ³n definitiva de los bienes de origen ilΓ­cito y se fijΓ³ en S/.100,000.00 soles, por concepto de reparaciΓ³n civil que deberΓ‘n abonar los sentenciados solidariamente en ejecuciΓ³n de sentencia.